Al dar de alta el suministro eléctrico de una vivienda, son varias las cuestiones que hay que tener en cuenta. Uno de los pasos es el que se conoce como derechos de enganche, imprescindible para que la electricidad llegue hasta el inmueble. Te contamos todo lo necesario sobre los derechos de enganche, quién se encarga de llevarlo a cabo y qué coste tiene para el usuario.
¿Qué son los derechos de enganche?
Se definen los derechos de enganche como el derecho de una vivienda o local de conectarse a la red eléctrica para que el suministro de energía llegue hasta el interior del inmueble. Para poder realizar dicho enganche, debe existir una instalación previa y la conexión con la red exterior será la que permita el paso de electricidad hasta la instalación.
Son las distribuidoras las que se encargan de enviar a un profesional cualificado para llevar a cabo el enganche de luz a la red eléctrica, un proceso muy sencillo que se hace casi de inmediato (en el caso de tener un contador Telegestionado se puede activar desde las oficinas). No obstante, para que el usuario pueda empezar a disfrutar del suministro de energía en su vivienda tendrá que darlo de alta contactando previamente con la comercializadora.
El proceso para obtener los derechos de enganche pasa por contactar con la distribuidora encargada de la zona. En una instalación nueva, será necesario presentar el certificado de la instalación eléctrica. Una vez realizado el enganche, la propia distribuidora proporcionará al usuario el código CUPS de la instalación, que identificará a ese punto de suministro en particular y que nunca cambiará para esa instalación, aunque con el tiempo se cambie el titular o el contrato con la compañía comercializadora.
¿Es necesario pagar estos derechos de enganche a la luz?
El enganche al suministro eléctrico se debe hacer en cualquier instalación nueva o en las instalaciones que se hayan mantenido sin suministro eléctrico durante más de tres años. Además, hay que tener en cuenta que este proceso lleva asociados unos costes que serán responsabilidad del usuario que solicita el servicio. Incluso tendrán que pagarse en caso de que la distribuidora realice posteriormente alguna actuación en los aparatos de medida y control a petición del usuario.
Siempre que se realice un enganche a la red eléctrica es necesario pagar por los derechos, y el abono se realiza al propio técnico de la distribuidora a través de la primera factura que te emite tu comercializadora. En todo caso, el usuario nunca debe manipular la instalación por el peligro que supone para su propia seguridad y para el correcto funcionamiento de la misma posteriormente. El único supuesto en que se exime al usuario de pagar por el enganche es en inmuebles que lleven menos de tres años dados de baja del suministro, porque en ese caso solo hay que darlo de alta nuevamente.
¿Cuál es el precio del enganche a la red eléctrica?
El precio total del enganche a la red eléctrica dependerá de las actuaciones que deba realizar el técnico en la instalación concreta. Lo que se mantiene fijo es el precio por cada una de estas actuaciones, que es de 9,04 euros. Generalmente, el precio final de los derechos de enganche es de unos 70 euros, aunque la cifra puede variar en menor o mayor medida.
Por otro lado, existen derechos adicionales con los que el usuario debe contar a la hora de dar de alta una nueva instalación eléctrica, como son los derechos de acometida, los derechos de extensión o los derechos de verificación. Todos ellos son diferentes a los derechos de enganche y se deben abonar en diversos momentos del proceso para disponer de energía eléctrica dentro de la vivienda.
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